1.1. Caracterización de los relativos

Se denominan “relativos” a una serie de elementos que cumplen las siguientes funciones:

1.    Cumplen una función anafórica; es decir, señalan a un elemento que ha aparecido anteriormente y cuyo significado asumen. P. ej.: El libro que leí ayer es precioso, el pronombre relativo “que” señala a un elemento que aparece con anterioridad (“el libro”), que es su antecedente. 

2.    Ejercen de nexo subordinador. Esto significa que, al igual que las conjunciones, tienen la capacidad de introducir una oración subordinada. La función de estas oraciones serán las propias de un sustantivo, un adjetivo, un adverbio o de un modificador oracional. Por esa razón, algunos autores como Alarcos o Porto Dapena consideran que ejercen una función traspositora, es decir, hacen funcionar estas oraciones como unidades inferiores a sí mismas (como sustantivos, adjetivos, adverbios o modificadores oracionales). En el ejemplo anterior, el pronombre “que” introduce la oración “leí ayer”. Dado que el relativo asume el significado del antecedente, equivaldría a la oración Ayer leí el libro. La oración funciona en este caso como un sintagma adjetivo especificativo que modifica al núcleo (“libro”).

3.    El relativo cumple una función sintáctica dentro de la oración que introduce. En el ejemplo anterior, “que” desempeñaría el oficio de CD.